martes, 4 de mayo de 2010

Políticas de Comunicación del Estado argentino 1983-2010

1983 – 1989
Alfonsín




Propuesta electoral preveía 3 propuestas para organizar los medios: 1) Creación de 3 sistemas de explotación de la Radiodifusión: a) Reservado al Estado; b) Reservado a la gestión privada y c) Reservado al Ente autónomo de derecho público no gubernamental.

2)Creación de una comisión bicameral permanente de Radio y TV; y 3) Incorporación de programas de educación a distancia al sistema de radio y TV.

Medidas de Gobierno:


1.Intervino el COMFER (Ley 22.285: 1 representación por cada fuerza, 1 por la Secretaría Información Pública, 1 de la SECOM y 1 Asociación de Licenciatarios de Radio y TV).
2.Decreto 1.154/84: suspendió el PLA.NA.RA. (hasta la sanción de una nueva ley). Efecto no deseado: Cierre de la legalidad para acceder a frecuencias.
3.Generación de un proceso de demanda social por acceso a medios comunitarios, pero también clientelismo: instalación de radios a manos de punteros políticos.
4.1985: Diversas Radios Comunitarias crean ARCO y luego FARCO.
La falta de claridad en materia comunicacional llevó a legisladores de la misma UCR a presentar proyectos antitéticos:

• Senador Fernando Mahum: propuesta privatista (símil 22.285)
• Diputada Díaz de Agüero: 4 regímenes: 1) Estatal, 2) Provincial, Municipal y Universitario, 3) Privado y 4) Entes de derecho público.

A fines de 1987 se hace público el Proyecto de Ley de Alfonsín:


• Establece el Derecho a la información como complemento de la libertad de expresión.
• Autoridad de aplicación: incluye distintos sectores sociales. Juntas regionales a nivel local.
• Descentralización en el otorgamiento de frecuencias.
• Acceso a los medios audiovisuales de cualquier persona jurídica.
• Limitación a los medios gráficos: sólo el 33% de los medios audiovisuales en la misma área del diario.
• Se permiten redes que no abarquen más de 5 emisoras.

El proyecto tuvo poca vida: en Abril de 1988 fue abandonado por el P.E.N.

21/9/88: Diputados vota entre varios proyectos de Ley de Radiodifusión. El de Álvarez Guerrero (UCR) sufre la eliminación de la restricción de los medios gráficos de acceder a los audiovisuales (presión de Clarín). En este contexto todos los decretos y resoluciones en materia de radiodifusión beneficiaron la concentración, el negociado y la manipulación de medios a favor de empresas y en contra de una comunicación en sentido comunitario.

Convenio de Nairobi: Argentina adhirió para la utilización de 48 canales libres y gratuitos de banda UHF (del 21 al 36 y del 38 al 69), pero en vez de ser adjudicados para comunicación comunitaria se permitió su codificación y convertida en TV paga.

1989 – 1995
PRIMERA PRESIDENCIA DE MENEM


23/08/1989: Ley 23.696 de REFORMA del ESTADO.

Artículo 2.
Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional a disponer por un plazo de 180 días, prorrogables por una sola vez y por igual término la intervención de todos los Entes, Empresas y Sociedades, cualquiera sea su tipo jurídico, de propiedad exclusiva del Estado Nacional y/o de otras entidades del sector público nacional de carácter productivo, comercial, industrial o de servicios públicos.


Artículo 8.
Para proceder a la privatización total o parcial o a la liquidación de empresas, sociedades, establecimientos o haciendas productivas cuya propiedad pertenezca total o parcialmente al Estado Nacional, incluyendo las empresas emisoras de radiodifusión y canales de televisión, es requisito previo que hayan sido declaradas "sujeta a privatización" de acuerdo a las previsiones de esta ley.


Artículo 9. La declaración de "sujeta a privatización" será hecha por el Poder Ejecutivo Nacional, debiendo, en todos los casos, ser aprobada por Ley del Congreso. Asignase trámite parlamentario de preferencia a los proyectos de esta naturaleza. Sin perjuicio del régimen establecido precedentemente, por esta ley se declaran "sujeta a privatización" a los entes que se enumeran en los listados anexos.

RADIODIFUSIÓN

Artículo 65. (Este Artículo modifica a la Ley 22285 implícitamente). Facultase al Poder Ejecutivo Nacional a adoptar las medidas necesarias, hasta el dictado de una nueva Ley de Radiodifusión, para regular el funcionamiento de aquellos medios que no se encuentren encuadrados en las disposiciones vigentes hasta el momento de la sanción de esta ley de emergencia.

ANEXO A

I. PRIVATIZACIONES O CONCESIONES

Empresa Nacional de Telecomunicaciones: Concesión ó Privatización
Empresa Nacional de Correos y Telégrafos: Concesiones
Canales de TV y RADIOS:


• LS84 TV Canal 11
• LS85 TV Canal 13
• LR3 Radio Belgrano PRIVATIZACIÓN
• LR5 Radio Excelsior

Todos los Medios de Comunicación Administrados por el Estado, Exceptuados:

1.LS 82 ATC Canal 7
2.LRA 1 Radio Nacional Buenos Aires
3.Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE) y las Emisoras que integran el Servicio Nacional de Radiodifusión.


1º año de gobierno:

• Privatizó los canales 13 y 11, y las radios LR3 Belgrano (Libertad, Romay) y LR5 Excelsior (Red Celeste y Blanca, La Red, Vila, Diego Ávila, etc.).
• Modelo privado-comercial exacerbado en el marco de la Reforma del Estado y la Emergencia económica.
• El COMFER otorgó a la Iglesia la licencia para instalar más de 200 radios en el país.

A partir de 1990: El sistema público se redujo al S.O.R. (Servicio Oficial Radiodifusión): Radio Nacional y ATC, más el Servicio R.A.E. (Radiodif. Argentina al Exterior).

Adjudicación directa de las UHF para canales codificados y pagos, en vez de concursarlos públicamente.

Radios “legales” (1989):
175 privadas comerciales, 21 estatales comerciales, 41 integrantes del S.O.R., 18 municipales, 5 provinciales y 6 de Univ. Nacionales.


Radios “ilegales” (1989):
2.000 surgidas a partir de 1986. Mediante el decreto 1.357/89 se les otorga un Permiso Precario Provisorio (vigente hasta hoy).

Conformación de 2 grupos multimedios: Telefé (Canal 11, Radio Continental y el Cable) y Clarín (Diario, Canal 13, Radio Mitre y Multicanal).

En 1993: El desarrollo del Cable se concentró en 4 operadores: Multicanal, Telefé, VCC y Cablevisión. (En 2000: Sólo 2, Multicanal y Cablevisión).

En 1994: Ley 24.124 ratifica el Tratado de Promoción y Protección recíproca de Inversiones con EE.UU. para facilitar el ingreso de capitales en los Medios argentinos. EE.UU. evita la “reciprocidad” para sus industrias culturales en un anexo.

Menem concede a Hadad, Tinelli y el ex juez Salvi Radio Municipal, hoy Radio 10.



1995 – 1999
SEGUNDA PRESIDENCIA DE MENEM


Radiodifusión y telecomunicaciones:
Presencia del capital financiero transnacional, concentración y centralización del capital, incorporación intensiva de nuevas tecnologías y expansión de los servicios ofertados.


Fenómeno: Veloz transferencia de los principales medios a nuevos actores provenientes del sector financiero y proclives a la convergencia tecnológica (Telecomunicaciones, Medios audiovisuales e Informática). 1996-97: la comunicación fue el sector de mayor inversión extranjera, superando al sector financiero.

Conformación de 2 grandes conglomerados mediáticos:

1- Grupo Clarín y

2- Citicorp Equity Investment (CEI)-Telefónica


La T.D.T.
(Televisión Digital Terrestre): el 2/101998, mediante un D.N.U., Argentina adopta la norma norteamericana (ATSC).


1999 – 2001
DE LA RÚA


PNC basada en 4 puntos:

1.Proyecto de Ley de Radiodifusión.
2.Conformación del Sistema Nacional de Medios Públicos.
3.Fracaso de la Ley de Acceso a la Información

Desregulación venta y distribución de Medios Gráficos.

Puntos Principales del Proyecto de Radiodifusión:
1.Medios: 60% del paquete accionario debía ser de capital nacional.
2.Mismo licenciatario y área: 1 servicio de TV y hasta 3 radios.
3.Mismo licenciatario (todo el país): 12 canales de TV abierta y 24 radios.
4.Pluralidad: En cada ciudad cabecera, al menos 2 Canales de TV Abierta.
5.Contenidos: 51% de los programas de producción nacional en TV abierta, y 18% de producción propia.
6.C.N.R.T.A. (Comisión Nacional de Radio y Televisión Argentina): Depende del P.E., Cinco Directores: 1 Presidente designado por el PE, y 2 por las secretarías afines (cultura y comunicación), 1 por Diputados y 1 por Senadores.

Los medios presionaron a los legisladores y provocaron el fracaso del proyecto de Ley de Radiodifusión. Esta ley –de aprobarse- hubiera otorgado fuerza de ley a las modificaciones que el menemismo había impulsado por decreto, ya que conservaba la estructura de propiedad vigente (no era retroactiva).

2002 – 2003
DUHALDE


No tuvo una clara PNC, pero emitió 6 decretos que modificaron la 22.285
Dos medidas de importancia para la Radiodifusión Argentina:

1.Descentralización territorial de los medios audiovisuales.
2.Reforma de la Ley de Quiebras.

19/05/2003: Decreto 1.214/03 (Reformó el art. 11 de la 22.285)
•Habilitó a las provincias un canal de TV y una AM, y a los municipios a acceder a una FM.
•No se previó la participación ciudadana como control a los medios del Estado.
•Rol del Estado: garantizar el acceso de los ciudadanos a servicios abiertos y gratuitos (“en materia de Comunicación Social, el Estado ejerce un rol fundamental acorde con el fin público comprometido en dicha actividad”.)

Ley de Quiebras: Se resguardaron los intereses de empresas al borde de la quiebra (limitando el ingreso de capitales extranjeros) a cambio de la sanción de una nueva Ley de Radiodifusión.

Desde Diciembre 2001: la TV abierta y por cable pagan un 63% y las radios entre un 50 y un 55% menos de impuestos.

2003 – 2007
NÉSTOR KIRCHNER


Decreto 527: La ratificación de las políticas neoliberales.
Desdén del gobierno hacia los actores del campo de la comunicación (Universidades, medios comunitarios, ONG’s, Tercer Sector, etc.)

Falta de voluntad política para generar el cambio. La política como incapaz de enfrentar los intereses económicos. Los grupos empresariales del sector promueven normas o medidas que legitimen lo conseguido en los años 90.

2006: El gobierno legaliza 126 radios comunitarias (entre ellas la FM Chalet de Santa Fe y FM Munda de Paraná).

El debate ausente: la comunicación no es un tema que sea de dominio público y que motive a la gente a participar en su discusión: no la concibe como un lugar de disputas de poder y de construcción del sentido democrático.

2007 -2010
CRISTINA FERNÁNDEZ


2008: Marzo. En el COMFER asume Mariotto en reemplazo de Julio Bárbaro. Comienza a mencionarse la posibilidad de una nueva ley.

Contexto: Enfrentamiento del Gobierno con las patronales del campo por la Resolución Nº 125 (Retenciones agropecuarias).

2009: El 18/3 el gobierno presenta en La Plata el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

2009: 30/3 -
Se inicia en Resistencia el primero de los 23 foros de discusión del anteproyecto.


El 6/4 -
se hace el de Paraná (Vieja Usina).


El 17/6 -
se hace el último en Olavarría.


2009: 17/9 -
La Cámara de Diputados da ½ sanción al Proyecto (147 votos afirmativos, 4 negativos y 1 abstención).


10/10 - La Cámara de Senadores sanciona la Ley Nº 26.522.

10/10 -
El P.E. promulga la ley y la publica en una edición especial del B.O.


22/12 -
La jueza Federal Olga Pura de Arrabal suspende la aplicación de la Ley.


2010: 25/3 – La Cámara de Apelaciones de Mendoza ratifica la suspensión. Se restituye la vigencia de la Ley 22.285 de la dictadura.

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